HERMANDAD DE LA ALEGRÍA DE SEVILLA

Reglas

REGLAS DE LA REAL E ILUSTRE HERMANDAD DEL SANTÍSIMO SACRAMENTO, NUESTRA SEÑORA MARÍA SANTÍSIMA DE LA ALEGRÍA, ÁNIMAS BENDITAS Y BEATO MANUEL GONZÁLEZ GARCÍA

Estas Reglas, han sido estudiadas, comentadas y redactadas, de modo coloquial, por una serie de hermanos, para dar cumplimiento a los dispuesto en las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías, por Decreto del Excelentísimo e Ilustrísimo Señor, Fray Carlos Amigo Vallejo, Cardenal Arzobispo de Sevilla, en fecha de veinte y nueve de Junio, del año de mil novecientos ochenta y cinco, consultando la historia de las Hermandades que, en sucesivas fusiones, dieron lugar a la existente, interpretando las Reglas de todas ellas, para adecuar los fines de las distintas Hermandades a la actual y adaptarlas dentro de la más fiel interpretación de nuestro Prelado, Derecho Canónico y normas generales de la Iglesia Católica.

Fueron aprobadas en Cabildo General Extraordinario, convocado a dicho efecto, de fecha 13 de Mayo de 1.986, y posteriormente, por Decreto del Ilustrísimo Señor Vicario General del Arzobispado de Sevilla, de fecha 14 de Noviembre de 1.987.

Título I.-     Denominación y Fines de la Hermandad - Reglas 1ª a 6ª.

Título II.-    Régimen General de Cultos - Reglas 7ª a 23ª.

Título III.-   Evangelización y Testimonio de Fe de los Hermanos - Reglas 24ª a 30ª.

Título IV.-   Régimen Corporativo de la Hermandad - Reglas 31ª a 52ª.

Título V.-    Representación de la Hermandad - Reglas 53ª a 58ª.

Título VI.-   Régimen de Gobierno de la Hermandad - Reglas 59ª a 108ª.

Título VII.-  De los Cabildos - Reglas 109ª a 124ª.

Título VIII.- Elecciones a Junta de Gobierno - Reglas 125ª a 155ª.

Título IX.-    Administración de la Hermandad - Reglas 156ª a 164ª.

Título X.-     Disposiciones Finales - Reglas 165ª a 174ª.